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El agua del molino

Reto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación

RAUL CARRANCA Y RIVAS

UN RETO al máximo tribunal de justicia del país? En principio se oye raro y así lo oirán, sin duda, algunos ministros circunspectos y que se creen punto menos que hijos de la divina diosa Temis. Pero lo cierto es que por más "divina´´ que a su vez sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, suponiendo tal exabrupto, está constituida por seres humanos susceptibles de que se los rete. ¿A qué me refiero? A que el Presidente de la República y su secretario de Gobernación insisten en darle una extraña y torcida interpretación a los artículos 72 y 74 de la Constitución. En efecto, alegan ambos que si no hay modificaciones substanciales de los diputados al Presupuesto de Egresos, conforme a las observaciones que ha hecho el propio Presidente, éste interpondrá una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación; omitiendo que tales observaciones carecen de sustento constitucional y por ende jurídico, puesto que es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, en los términos de la fracción IV del Artículo 74 constitucional: "Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, MODIFICACIÓN DEL PROYECTO ENVIADO POR EL EJECUTIVO FEDERAL...´´, etcétera.

Digo que lo anterior es un reto para la Suprema Corte porque en ella hay ministros, al margen de que se supone su imparcialidad y objetividad, cuyos nombres figuraron en la terna que el Presidente presentó a la consideración del Senado para su designación. O porque en ella, en la Corte, hay ministros de diversa filiación política que han sido en sus vidas simpatizantes de un partido o del otro; y deslindarse de ello, a mi juicio, sí implica un reto. Yo no me explico qué interpretación, si es que ella cabe, podrían dar los ministros a la fracción IV del Artículo 74 constitucional. Claro, todo es torcible o deformable. Ojalá no sea el caso. No obstante desde la Presidencia de la República se sostiene una tesis peculiar, sui géneris, a saber, que se recurrirá a la Corte para que ella decida, en primer lugar, si se ha respetado el equilibrio entre los Poderes de la Unión. Es que ese no es el punto. La cuestión a definir, aunque casi parezca perogrullada el señalarlo, es si la Cámara de Diputados tiene o no la facultad exclusiva que señala el texto constitucional de manera clara y específica.

Repito que yo no me imagino, aunque como todos los abogados conozco tesis y jurisprudencias desconcertantes de la Suprema Corte, que los ministros se atrevieran a irse por los cerros de Ubeda en busca de un absurdo. No en esta ocasión. Y a mayor abundamiento insisto en el reto, porque el fallo de la Corte puede dejar en entredicho las pretensiones del Poder Ejecutivo o las del Legislativo. Y aunque la Corte es un Poder decisorio por naturaleza, encargado de velar por la constitucionalidad y la vigencia del Estado de Derecho, los otros dos Poderes tienen facultades perfectamente establecidas en la Carta Magna. O sea, el equilibrio de Poderes consiste precisamente en que ninguno de ellos invada las atribuciones del otro.

Por último, insisto en el error de que ya publicado el Presupuesto, ya con vida legal propia, se lo considere materia controvertible. Aquí la Corte debe poner el mayor cuidado y no complicar las cosas, lo que a menudo sucede en el espacio de la aplicación e interpretación del derecho positivo. Parece mentira, pero se suele buscar lo difícil y enredado teniendo, en cambio, lo fácil y sencillo a la vista. Lo que el Presidente quiere mediante una controversia constitucional es que el Presupuesto no sea vigente, que no sea, digamos, obligatorio. Y lo es o será desde el primer instante de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. ¿Cómo controvertirlo entonces? ¿Con qué consecuencias? En rigor técnico jurídico la Corte debería, llegado el extremo, de admitir la controversia constitucional, decretar la suspensión provisional del acto reclamado que es la posible vigencia del Presupuesto, en tanto estudia a fondo el asunto.

En fin, así lo veo yo y así me parece. Pero aparte de las posibles diferencias de criterio no hay duda de que el que llamo reto a la Suprema Corte, patrocinado por el Poder Ejecutivo Federal, propiciará un choque o enfrentamiento de Poderes nada deseable. Ojalá la Corte, en uso y ejercicio de sus atribuciones, rechace por notoriamente improcedente la solicitud de controversia constitucional.

 

Fuente:

El Sol de México, Diciembre 9  de 2004

 

 

 

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