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UN RETO al máximo tribunal de justicia del
país? En principio se oye raro y así lo oirán, sin duda, algunos ministros
circunspectos y que se creen punto menos que hijos de la divina diosa
Temis. Pero lo cierto es que por más "divina´´ que a su vez sea la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, suponiendo tal exabrupto, está constituida
por seres humanos susceptibles de que se los rete. ¿A qué me refiero? A
que el Presidente de la República y su secretario de Gobernación insisten
en darle una extraña y torcida interpretación a los artículos 72 y 74 de
la Constitución. En efecto, alegan ambos que si no hay modificaciones
substanciales de los diputados al Presupuesto de Egresos, conforme a las
observaciones que ha hecho el propio Presidente, éste interpondrá una
controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la
Nación; omitiendo que tales observaciones carecen de sustento
constitucional y por ende jurídico, puesto que es facultad exclusiva de la
Cámara de Diputados, en los términos de la fracción IV del Artículo 74
constitucional: "Aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la
Federación, previo examen, discusión y, en su caso, MODIFICACIÓN DEL
PROYECTO ENVIADO POR EL EJECUTIVO FEDERAL...´´, etcétera.
Digo que lo anterior es un reto para la Suprema Corte porque en ella
hay ministros, al margen de que se supone su imparcialidad y objetividad,
cuyos nombres figuraron en la terna que el Presidente presentó a la
consideración del Senado para su designación. O porque en ella, en la
Corte, hay ministros de diversa filiación política que han sido en sus
vidas simpatizantes de un partido o del otro; y deslindarse de ello, a mi
juicio, sí implica un reto. Yo no me explico qué interpretación, si es que
ella cabe, podrían dar los ministros a la fracción IV del Artículo 74
constitucional. Claro, todo es torcible o deformable. Ojalá no sea el
caso. No obstante desde la Presidencia de la República se sostiene una
tesis peculiar, sui géneris, a saber, que se recurrirá a la Corte para que
ella decida, en primer lugar, si se ha respetado el equilibrio entre los
Poderes de la Unión. Es que ese no es el punto. La cuestión a definir,
aunque casi parezca perogrullada el señalarlo, es si la Cámara de
Diputados tiene o no la facultad exclusiva que señala el texto
constitucional de manera clara y específica.
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Repito que yo no me imagino,
aunque como todos los abogados conozco tesis y jurisprudencias
desconcertantes de la Suprema Corte, que los ministros se
atrevieran a irse por los cerros de Ubeda en busca de un
absurdo. No en esta ocasión. Y a mayor abundamiento insisto en
el reto, porque el fallo de la Corte puede dejar en entredicho
las pretensiones del Poder Ejecutivo o las del Legislativo. Y
aunque la Corte es un Poder decisorio por naturaleza,
encargado de velar por la constitucionalidad y la vigencia del
Estado de Derecho, los otros dos Poderes tienen facultades
perfectamente establecidas en la Carta Magna. O sea, el
equilibrio de Poderes consiste precisamente en que ninguno de
ellos invada las atribuciones del otro.
Por último, insisto en el error de que ya publicado el
Presupuesto, ya con vida legal propia, se lo considere materia
controvertible. Aquí la Corte debe poner el mayor cuidado y no
complicar las cosas, lo que a menudo sucede en el espacio de
la aplicación e interpretación del derecho positivo. Parece
mentira, pero se suele buscar lo difícil y enredado teniendo,
en cambio, lo fácil y sencillo a la vista. Lo que el
Presidente quiere mediante una controversia constitucional es
que el Presupuesto no sea vigente, que no sea, digamos,
obligatorio. Y lo es o será desde el primer instante de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación. ¿Cómo
controvertirlo entonces? ¿Con qué consecuencias? En rigor
técnico jurídico la Corte debería, llegado el extremo, de
admitir la controversia constitucional, decretar la suspensión
provisional del acto reclamado que es la posible vigencia del
Presupuesto, en tanto estudia a fondo el asunto.
En fin, así lo veo yo y así me parece. Pero aparte de las
posibles diferencias de criterio no hay duda de que el que
llamo reto a la Suprema Corte, patrocinado por el Poder
Ejecutivo Federal, propiciará un choque o enfrentamiento de
Poderes nada deseable. Ojalá la Corte, en uso y ejercicio de
sus atribuciones, rechace por notoriamente improcedente la
solicitud de controversia constitucional.
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