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El agua del molino

De poder a poder

Los Reyes Magos eran justicieros
de Dios sólo guiados por una estrella
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RAUL CARRANCA Y RIVAS

No podía ni debía ser de manera distinta. El Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Mariano Azuela Güitrón, "una undécima parte" entre los otros diez como él mismo se calificó, "primus inter pares", le garantizó al Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Manilio Fabio Beltrones, que "conforme a nuestro sistema jurídico el pleno de la Suprema Corte examinará con imparcialidad la controversia constitucional, la cual se resolverá con fundamento en las normas aplicables y en las constancias de autos". Respuesta solemne y desde luego cortesana. No podía ni debía ser de manera distinta. Sin embargo los problemas comienzan desde la misma enunciación de la respuesta, porque lo de la imparcialidad está por verse salvo que por ejemplo se excuse en este caso el ministro Aguilar Anguiano por su evidente y notoria filiación, que no ideología (la que es respetable), panista. Y en cuanto a las normas aplicables y a las constancias de autosÉ pues allí precisamente se ubica el meollo del asunto habida cuenta de lo absurdo de ciertos criterios que se manejan en la especie. Para saber la verdad jurídica bastaría con leer los artículos 72 y 74 en su fracción IV de la Constitución, sobre todo atendiendo al Decreto de julio 7 de 2004 donde se le añade a la fracción IV la frase "y, en su caso, modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo Federal", refiriéndose a las facultades exclusivas de la Cámara de Diputados en lo concerniente a la aprobación anual del Presupuesto de Egresos de la Federación. Además, y como se ha señalado con insistencia, el acuerdo número 12/2004 de 29 de noviembre de 2004 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es claramente violatorio de la Constitución, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del Artículo 105 constitucional y de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. De esto no hay la menor duda porque ningún acuerdo, aparte de la cuestión de fondo, puede estar por encima de una ley y mucho menos de la propia Constitución. Y violaron la Carta Magna los ministros que hicieron uso de ese equivocado acuerdo, razón por la que son acreedores al juicio político. Ahora bien, una cosa es aducir ante el juez, magistrado o ministro, en calidad de litigante, cual Manlio Fabio Beltrones, y otra muy distinta ejercer presiones o pisar siquiera la zona pantanosa de los arreglos o concertaciones ajenos al Derecho. En tal virtud la reunión pasada entre ambos personajes lo fue de poder a poder. Beltrones litigó y Azuela Güitrón escuchó. Escuchó y dijo lo que ya referí. En consecuencia es deseable que no se difundan equivocaciones como las siguientes. Que es "lamentable" que lo del Presupuesto haya llegado a la Corte pues se trata de una intromisión de la Justicia en el terreno de la política, que ya basta de presiones sobre la Corte, que el Presidente de la República debe retirar su controversia. Y digo equivocaciones porque la Justicia no se está entrometiendo en nada. A la Corte recurrió, primero, el Presidente y luego obviamente la Cámara de Diputados; aparte de que política sin Estado de Derecho es una utopía o una barbaridad. Tampoco es cierto que se presione a la Corte. Ella ha de resolver la controversia y los recursos ya que así se lo solicitan las partes en conflicto. Y respecto a que el Presidente retire su controversia claro que podría hacerlo, quedando en un ridículo mayúsculo e histórico. No es el camino. Ahora le toca a la Corte dirimir lo planteado ante ella. Y ojalá lo haga, más allá de formulismos y cortesanías verbales, con absoluta imparcialidad que sólo se puede garantizar con la excusa a que he aludido u otras similares, con fundamento en las normas aplicables pero sin interpretaciones tendenciosas o ajenas al espíritu de la constitucionalidad, y con apego a las constancias de autos que no son interpretables sino examinables en su condición de "hechos procesales". Punto.

Eso es lo que esperan la República, el foro y la academia jurídica de México. Sin que lleguen de manera súbita las sorpresas burocráticas ni el papeleo innecesario. ¿Tiene o no facultades el Presidente de la República de hacer observaciones al Presupuesto? ¿Tiene facultades la Cámara de Diputados para no admitir o rechazar aquellas? Calamandrei en el "Elogio de los Jueces Escrito por un Abogado" (¡qué trabajo cuesta a veces hacerlo!") recomienda que hay que ir siempre a la litis, al alma de la cuestión, sin andarse por las ramas, o sea, por los infolios y más infolios. Sabia recomendación que ojalá se siga.

 

Fuente:

El Sol de México, Enero 6 de 2005

 

 

 

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