
Raúl Carrancá y
Rivas/Doctor en derecho constitucional
Al aceptar la controversia, la
Corte violó la Constitución
Por: Nora Rodríguez Aceves
La
controversia constitucional interpuesta por Vicente
Fox dejará el enfrentamiento de los poderes Ejecutivo
y Legislativo, lo que es realmente insano para la
República, porque si la Suprema Corte de Justicia de
la Nación le da la razón al Presidente de la República
está invadiendo funciones específicas en términos del
artículo 74 constitucional; si le da la razón a la
Cámara de Diputados el Presidente quedará, habida
cuenta de su visceralidad sorprendente, de su mal
genio y grosería, profundamente molesto, afirma Raúl
Carrancá, doctor en derecho constitucional.
En entrevista, vía
telefónica con Siempre!, Carrancá y Rivas deja en
claro sus posiciones, primero “como consejero jurídico
de la honorable Cámara de Diputados, sólo hago un
análisis de tipo jurídico: al Presidente no le asiste
la razón. Como jurista voy a esgrimir o poner en manos
del señor presidente de la Cámara de Diputados un
cúmulo de argumentos estrictamente técnicos. Le daré a
la Cámara lo que son razonamientos válidos, para que,
si la Cámara lo considera prudente, los esgrima ante
la Corte”.
Después, “como
ciudadano y como gobernado, sostengo que el Presidente
de la República es un ignorante. El Presidente está
errando el camino y ha manifestado una ignorancia que
no es digna de un jefe de Estado. Insisto, esto lo
digo como gobernado, a título personal, porque yo
puedo ser asesor de la Cámara, pero no he perdido mi
calidad y condición de gobernado, y como ciudadano de
este país me abruma tener a un presidente tan
ignorante”.
Admite la
Corte controversia
La controversia
constitucional interpuesta ante la Corte, el 21 de
diciembre de 2004, por el Ejecutivo federal contra el
órgano legislativo, en la cual se impugna el Decreto
de Presupuesto de Egresos de 2005, aprobado por la
Cámara de Diputados, y que ha levantado una gran
polémica y enfrentamiento entre los poderes Ejecutivo,
Legislativo y Judicial, así como posiciones
encontradas entre juristas, fue aceptada el pasado día
22 por la Suprema Corte.
Los ministros Sergio
Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño
Pelayo, integrantes de la Comisión de Receso de la
Corte, fueron quienes admitieron el recurso que
suspende de manera temporal las obras, servicios y
transferencias específicas de recursos a estados y
municipios que la Cámara incluyó en el Presupuesto de
Egresos de 2005, por un monto de 4 mil 195 millones de
pesos.
Decisión que para el
consultor jurídico del Poder Legislativo no debió
aprobarse, “por ser notoriamente improcedente, pero la
aceptó el ministro instructor, quien decidió otorgar
lo que se llama suspensión provisional del acto. Esto
es, que la Corte resolvió que algunos artículos del
presupuesto se deben quitar, lo que me parece una
barbaridad”.
“Comparando —continúa
el jurista— es como si yo pido la suspensión de una
orden de aprehensión en contra mía y dice el juez:
«bueno, vamos a concederla, en parte que el policía no
lleve esposas ni pistola, que vaya vestido de tal o
cual manera». No. Debe ser una unidad. Es decir, te
concedo la suspensión para que no se te aprehenda
globalmente. Entonces, la decisión de la Corte me
parece que es una decisión absolutamente contraria a
derecho”.
El constitucionalista
se pregunta y responde: “¿cuál será la consecuencia de
esto, que se publicó el pasado día 20 de diciembre de
2004 en el Diario Oficial de la Federación? Que lo
publicado se irá hacia atrás en el sentido de que se
harán modificaciones. Me parece absurdo, porque no es
factible por las razones que estoy dando. Me parece
absurdo, porque el presupuesto es facultad exclusiva
de la Cámara. Si la Corte hace lo que está haciendo,
está invadiendo funciones concretas de la Cámara de
Diputados y eso es muy grave”.
Raúl Carrancá apunta:
“Habría que profundizar un poco más. Por ejemplo, hay
un artículo 89 donde no hay ninguna facultad expresa
para que el Presidente de la República pueda vetar,
hacer observaciones. Hay un artículo 89 en la
Constitución que dice claramente lo que estoy
diciendo. Sin embargo, hay gente que se ha atrevido a
decir que la fracción XX de este artículo le concede
al Ejecutivo facultades para hacer eso”.
“El pasado 26 del
actual —continúa—, el presidente de la Mesa Directiva
de la Cámara de Diputados, Manlio Fabio Beltrones,
presentó ante la Corte la solicitud de nulidad de
actuaciones de todo lo actuado por el máximo tribunal
del país, con motivo de la controversia
constitucional”.
“Hay que mencionar
—aclara— que dichos recursos de reclamación fueron
admitidos el pasado día 28 por la Corte, los cuales
tienen como objeto echar abajo la admisión de la
controversia en la suspensión otorgada de la Comisión
de Receso al máximo tribunal, integrada por los
ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de
Jesús Gudiño Pelayo. Pedro Nava Malagón, director de
Unidad de Controversias de la Corte, detalló a los
medios de comunicación que, finalmente, el ministro
Guillermo Ortiz Mayagoitia será quien decida si son o
no procedentes, ya que dichos recursos impugnan la
supuesta falta de facultades de los ministros para
recibir la controversia y actuar en consecuencia,
cuando la Corte se encuentra en este momento en un
periodo vacacional”.
Argumentación jurídica
El doctor Carrancá se
dice convencido de que el presidente Vicente Fox no
tiene la razón, la cual le asiste a la Cámara de
Diputados. “Desde el marco jurídico —explica—, el
Presidente de la República no tiene facultades para
interponer esta controversia contra el Poder
Legislativo, ya que existe un artículo 72 de la
Constitución política que dice: «todo proyecto de ley
o decreto cuya resolución no sea exclusiva de alguna
de las Cámaras se discutirá en ambas», y luego,
naturalmente, se le permitirá al Presidente que haga
observaciones, las cuales se analizarán. El elemento
condicionante es que se trata de un proyecto de ley o
decreto, cuya resolución no sea exclusiva de algunas
de las Cámaras. Si nos encontramos con que la
resolución es exclusiva de algunas de las Cámaras,
este camino del que estoy hablando, incluidas las
observaciones del Presidente, no proceden”.
“El artículo
—apunta—, que es el 74, señala: «es una facultad
exclusiva de la Cámara de Diputados, fracción IV,
aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la
Federación, previo examen, discusión y, en su caso,
modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo
federal». Creo que es suficiente. Con esto me parece
que cualquiera entiende que es facultad exclusiva de
la Cámara de Diputados lo que estoy diciendo”.
Opinión de
un ciudadano
Puesto que la
Constitución es muy clara, se le pregunta a Raúl
Carrancá qué tanto influyen las cuestiones políticas y
el ambiente electoral rumbo al 2006 en este asunto,
así como la lucha de poder entre el Legislativo y el
Ejecutivo que se ha venido dando desde el inicio de
esta administración foxista, a lo que responde: “A mí
me parece que lo político sí ha influido,
evidentemente. Porque, pensar lo contrario, sería
sostener que el Presiente es un ignorante y me atrevo
a sostenerlo. El Presidente no está solo, tiene
asesores y consejeros, quienes también están
absolutamente en el espacio de la ignorancia y del
desconocimiento de nuestro derecho y del derecho
constitucional”.
“Lo anterior me hace
suponer —añade— que sí hay un fin avieso oculto, de
carácter político, como usted lo está manifestando. El
Presidente lo que está haciendo es enfrentar a dos
Poderes de la Unión. Si la Corte le da la razón al
Presidente, estaría entrando en el espacio de
facultades exclusivas de la Cámara; si la Corte le da
la razón, como debe ser o como debería de ser, a la
Cámara de Diputados, entonces, evidentemente, el
Ejecutivo quedará profundamente disgustado, aunque sin
razón y enfrentando a la Cámara de Diputados”.
“Este asunto ya es
político. ¿Qué necesidad había de llegar a este
extremo? El Presidente pudo haber seguido otro camino,
por ejemplo, haber dicho: «cumplí con mi obligación
constitucional, presenté un presupuesto de acuerdo con
mi juicio y mi manera de pensar, pero la Cámara, en
uso de sus facultades, lo ha modificado. Pueblo de
México, yo te he dado lo que creo que mejor te
conviene, pero esto otro, que yo califico de altamente
negativo, es el producto de una facultad que no puedo
negar, que no puedo modificar, porque está en la
Constitución». Acto seguido enviar, tiene las
facultades constitucionales para hacerlo, una
iniciativa de ley al Congreso, proponiendo una reforma
constitucional, mediante la cual y de acuerdo con su
idea se le concedan al Presidente mayores facultades”.
“Sin embargo
—agrega—, ahora la Corte tiene una responsabilidad
histórica y ojalá que los ministros se sitúen a la
altura de su altísima responsabilidad y se den cuenta
de que son momentos importantísimos para la vida de la
nación, en lo que deben tomar una decisión realmente
trascendente e histórica, respetando la división de
poderes y el equilibrio consecuente entre esos
poderes”.
El contexto
de los hechos
Cabe recordar que el
pasado 20 de diciembre de 2004, en un mensaje a la
nación, el presidente Vicente Fox anunciaba que
“cumpliendo con el deber que me asigna la
Constitución, di instrucciones para que se publicara
el día de hoy el Presupuesto de Egresos de 2005 en el
Diario Oficial de la Federación. Por lo que el 1 de
enero habrá presupuesto”.
Pero también
aseguraba que ante la negativa de la mayoría de los
diputados de atender las observaciones realizadas por
el Ejecutivo federal al Presupuesto de Egresos de
2005, “mañana —21 de diciembre— interpondré una
controversia constitucional ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación. Así, queda en manos de este
máximo tribunal la definición de las atribuciones que,
de acuerdo con la ley, corresponden al Poder Ejecutivo
y a la Cámara de Diputados en la definición final del
presupuesto”.
Justificando esta
decisión, Fox señalaba que tomaba “esta decisión
histórica en más de un sentido, atendiendo a los
principios de la democracia que es mi deber respetar y
defender. En este caso, el de la separación y
equilibrio de Poderes”.
“Son dos —indicaba el
mandatario— los motivos que sustentan estas acciones.
El primero, es que existe una atribución
constitucional, reconocida históricamente al Poder
Ejecutivo para hacer observaciones al Presupuesto de
Egresos de 2005 que aprueba la Cámara de Diputados.
Por primera vez en la historia, los diputados han
optado por desconocerla. Esta atribución debe
respetarse, porque garantiza el equilibrio sano de los
Poderes y contribuye a la construcción de la
gobernabilidad democrática”.
“El segundo motivo
—decía—, es que el presupuesto aprobado por la Cámara
de Diputados viola las disposiciones constitucionales,
al invadir funciones propias del Ejecutivo. Las
atribuciones y las funciones de cada uno de los
Poderes de la Unión están establecidas en nuestra
Carta Magna. De acuerdo a ella, la función
administrativa, es decir, la de ejecutar las leyes y
determinar las acciones concretas a realizar por la
Administración Pública, compete al Poder Ejecutivo”.
“De ninguna manera
—señalaba—, estamos en contra de la asignación de más
recursos a rubros prioritarios. Sin embargo, esto no
fue lo que hizo la Cámara. Su modificación al
presupuesto no toma en cuenta los planes de gobierno
ni los recursos realmente existentes. Toca a mi
gobierno, el primero de la democracia, consolidar
instituciones que aseguren su permanencia y le brinden
un resguardo contra quienes pretenden ignorarlas”.