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Siempre!

 
   

Raúl Carrancá y Rivas/Doctor en derecho constitucional
 

Al aceptar la controversia, la Corte violó la Constitución

Por: Nora Rodríguez Aceves

La controversia constitucional interpuesta por Vicente Fox dejará el enfrentamiento de los poderes Ejecutivo y Legislativo, lo que es realmente insano para la República, porque si la Suprema Corte de Justicia de la Nación le da la razón al Presidente de la República está invadiendo funciones específicas en términos del artículo 74 constitucional; si le da la razón a la Cámara de Diputados el Presidente quedará, habida cuenta de su visceralidad sorprendente, de su mal genio y grosería, profundamente molesto, afirma Raúl Carrancá, doctor en derecho constitucional.

En entrevista, vía telefónica con Siempre!, Carrancá y Rivas deja en claro sus posiciones, primero “como consejero jurídico de la honorable Cámara de Diputados, sólo hago un análisis de tipo jurídico: al Presidente no le asiste la razón. Como jurista voy a esgrimir o poner en manos del señor presidente de la Cámara de Diputados un cúmulo de argumentos estrictamente técnicos. Le daré a la Cámara lo que son razonamientos válidos, para que, si la Cámara lo considera prudente, los esgrima ante la Corte”.

Después, “como ciudadano y como gobernado, sostengo que el Presidente de la República es un ignorante. El Presidente está errando el camino y ha manifestado una ignorancia que no es digna de un jefe de Estado. Insisto, esto lo digo como gobernado, a título personal, porque yo puedo ser asesor de la Cámara, pero no he perdido mi calidad y condición de gobernado, y como ciudadano de este país me abruma tener a un presidente tan ignorante”.

Admite la Corte controversia

La controversia constitucional interpuesta ante la Corte, el 21 de diciembre de 2004, por el Ejecutivo federal contra el órgano legislativo, en la cual se impugna el Decreto de Presupuesto de Egresos de 2005, aprobado por la Cámara de Diputados, y que ha levantado una gran polémica y enfrentamiento entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como posiciones encontradas entre juristas, fue aceptada el pasado día 22 por la Suprema Corte.

Los ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo, integrantes de la Comisión de Receso de la Corte, fueron quienes admitieron el recurso que suspende de manera temporal las obras, servicios y transferencias específicas de recursos a estados y municipios que la Cámara incluyó en el Presupuesto de Egresos de 2005, por un monto de 4 mil 195 millones de pesos.

Decisión que para el consultor jurídico del Poder Legislativo no debió aprobarse, “por ser notoriamente improcedente, pero la aceptó el ministro instructor, quien decidió otorgar lo que se llama suspensión provisional del acto. Esto es, que la Corte resolvió que algunos artículos del presupuesto se deben quitar, lo que me parece una barbaridad”.

“Comparando —continúa el jurista— es como si yo pido la suspensión de una orden de aprehensión en contra mía y dice el juez: «bueno, vamos a concederla, en parte que el policía no lleve esposas ni pistola, que vaya vestido de tal o cual manera». No. Debe ser una unidad. Es decir, te concedo la suspensión para que no se te aprehenda globalmente. Entonces, la decisión de la Corte me parece que es una decisión absolutamente contraria a derecho”.

El constitucionalista se pregunta y responde: “¿cuál será la consecuencia de esto, que se publicó el pasado día 20 de diciembre de 2004 en el Diario Oficial de la Federación? Que lo publicado se irá hacia atrás en el sentido de que se harán modificaciones. Me parece absurdo, porque no es factible por las razones que estoy dando. Me parece absurdo, porque el presupuesto es facultad exclusiva de la Cámara. Si la Corte hace lo que está haciendo, está invadiendo funciones concretas de la Cámara de Diputados y eso es muy grave”.

Raúl Carrancá apunta: “Habría que profundizar un poco más. Por ejemplo, hay un artículo 89 donde no hay ninguna facultad expresa para que el Presidente de la República pueda vetar, hacer observaciones. Hay un artículo 89 en la Constitución que dice claramente lo que estoy diciendo. Sin embargo, hay gente que se ha atrevido a decir que la fracción XX de este artículo le concede al Ejecutivo facultades para hacer eso”.

“El pasado 26 del actual —continúa—, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Manlio Fabio Beltrones, presentó ante la Corte la solicitud de nulidad de actuaciones de todo lo actuado por el máximo tribunal del país, con motivo de la controversia constitucional”.

“Hay que mencionar —aclara— que dichos recursos de reclamación fueron admitidos el pasado día 28 por la Corte, los cuales tienen como objeto echar abajo la admisión de la controversia en la suspensión otorgada de la Comisión de Receso al máximo tribunal, integrada por los ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano y José de Jesús Gudiño Pelayo. Pedro Nava Malagón, director de Unidad de Controversias de la Corte, detalló a los medios de comunicación que, finalmente, el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia será quien decida si son o no procedentes, ya que dichos recursos impugnan la supuesta falta de facultades de los ministros para recibir la controversia y actuar en consecuencia, cuando la Corte se encuentra en este momento en un periodo vacacional”.

Argumentación jurídica

El doctor Carrancá se dice convencido de que el presidente Vicente Fox no tiene la razón, la cual le asiste a la Cámara de Diputados. “Desde el marco jurídico —explica—, el Presidente de la República no tiene facultades para interponer esta controversia contra el Poder Legislativo, ya que existe un artículo 72 de la Constitución política que dice: «todo proyecto de ley o decreto cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras se discutirá en ambas», y luego, naturalmente, se le permitirá al Presidente que haga observaciones, las cuales se analizarán. El elemento condicionante es que se trata de un proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de algunas de las Cámaras. Si nos encontramos con que la resolución es exclusiva de algunas de las Cámaras, este camino del que estoy hablando, incluidas las observaciones del Presidente, no proceden”.

“El artículo —apunta—, que es el 74, señala: «es una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, fracción IV, aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación, previo examen, discusión y, en su caso, modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo federal». Creo que es suficiente. Con esto me parece que cualquiera entiende que es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados lo que estoy diciendo”.

Opinión de un ciudadano

Puesto que la Constitución es muy clara, se le pregunta a Raúl Carrancá qué tanto influyen las cuestiones políticas y el ambiente electoral rumbo al 2006 en este asunto, así como la lucha de poder entre el Legislativo y el Ejecutivo que se ha venido dando desde el inicio de esta administración foxista, a lo que responde: “A mí me parece que lo político sí ha influido, evidentemente. Porque, pensar lo contrario, sería sostener que el Presiente es un ignorante y me atrevo a sostenerlo. El Presidente no está solo, tiene asesores y consejeros, quienes también están absolutamente en el espacio de la ignorancia y del desconocimiento de nuestro derecho y del derecho constitucional”.

“Lo anterior me hace suponer —añade— que sí hay un fin avieso oculto, de carácter político, como usted lo está manifestando. El Presidente lo que está haciendo es enfrentar a dos Poderes de la Unión. Si la Corte le da la razón al Presidente, estaría entrando en el espacio de facultades exclusivas de la Cámara; si la Corte le da la razón, como debe ser o como debería de ser, a la Cámara de Diputados, entonces, evidentemente, el Ejecutivo quedará profundamente disgustado, aunque sin razón y enfrentando a la Cámara de Diputados”.

“Este asunto ya es político. ¿Qué necesidad había de llegar a este extremo? El Presidente pudo haber seguido otro camino, por ejemplo, haber dicho: «cumplí con mi obligación constitucional, presenté un presupuesto de acuerdo con mi juicio y mi manera de pensar, pero la Cámara, en uso de sus facultades, lo ha modificado. Pueblo de México, yo te he dado lo que creo que mejor te conviene, pero esto otro, que yo califico de altamente negativo, es el producto de una facultad que no puedo negar, que no puedo modificar, porque está en la Constitución». Acto seguido enviar, tiene las facultades constitucionales para hacerlo, una iniciativa de ley al Congreso, proponiendo una reforma constitucional, mediante la cual y de acuerdo con su idea se le concedan al Presidente mayores facultades”.

“Sin embargo —agrega—, ahora la Corte tiene una responsabilidad histórica y ojalá que los ministros se sitúen a la altura de su altísima responsabilidad y se den cuenta de que son momentos importantísimos para la vida de la nación, en lo que deben tomar una decisión realmente trascendente e histórica, respetando la división de poderes y el equilibrio consecuente entre esos poderes”.

El contexto de los hechos

Cabe recordar que el pasado 20 de diciembre de 2004, en un mensaje a la nación, el presidente Vicente Fox anunciaba que “cumpliendo con el deber que me asigna la Constitución, di instrucciones para que se publicara el día de hoy el Presupuesto de Egresos de 2005 en el Diario Oficial de la Federación. Por lo que el 1 de enero habrá presupuesto”.

Pero también aseguraba que ante la negativa de la mayoría de los diputados de atender las observaciones realizadas por el Ejecutivo federal al Presupuesto de Egresos de 2005, “mañana —21 de diciembre— interpondré una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Así, queda en manos de este máximo tribunal la definición de las atribuciones que, de acuerdo con la ley, corresponden al Poder Ejecutivo y a la Cámara de Diputados en la definición final del presupuesto”.

Justificando esta decisión, Fox señalaba que tomaba “esta decisión histórica en más de un sentido, atendiendo a los principios de la democracia que es mi deber respetar y defender. En este caso, el de la separación y equilibrio de Poderes”.

“Son dos —indicaba el mandatario— los motivos que sustentan estas acciones. El primero, es que existe una atribución constitucional, reconocida históricamente al Poder Ejecutivo para hacer observaciones al Presupuesto de Egresos de 2005 que aprueba la Cámara de Diputados. Por primera vez en la historia, los diputados han optado por desconocerla. Esta atribución debe respetarse, porque garantiza el equilibrio sano de los Poderes y contribuye a la construcción de la gobernabilidad democrática”.

“El segundo motivo —decía—, es que el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados viola las disposiciones constitucionales, al invadir funciones propias del Ejecutivo. Las atribuciones y las funciones de cada uno de los Poderes de la Unión están establecidas en nuestra Carta Magna. De acuerdo a ella, la función administrativa, es decir, la de ejecutar las leyes y determinar las acciones concretas a realizar por la Administración Pública, compete al Poder Ejecutivo”.

“De ninguna manera —señalaba—, estamos en contra de la asignación de más recursos a rubros prioritarios. Sin embargo, esto no fue lo que hizo la Cámara. Su modificación al presupuesto no toma en cuenta los planes de gobierno ni los recursos realmente existentes. Toca a mi gobierno, el primero de la democracia, consolidar instituciones que aseguren su permanencia y le brinden un resguardo contra quienes pretenden ignorarlas”.

 

Fuente:

SIempre, Enero 2 de 2005

 

 

 

Sobre el Presupuesto de Egresos 2005
     El agua del molino    

El veto

Jueves 18 de noviembre de 2004

 

Reto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación

Jueves 9 de diciembre de 2004

 

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