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¿POR QUÉ JUICIO POLÍTICO?
1. Debo aclarar que no se trata de ningún ataque a las instituciones ni mucho menos de su descalificación. La Cámara de Diputados, la Suprema Corte, la Procuraduría General de la República, son más que respetables como instituciones, pero otra cosa son los hombres que las representan o que trabajan en ellas. Si no fuera así no tendríamos la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos ni el Título Cuarto de la Constitución.
2. No es nada personal en contra de nadie. Es en contra del ejercicio inconstitucional de una función.
3. Desde el primer momento manifesté mi pensamiento al respecto. Mis colegas universitarios del Instituto de Investigaciones Económicas de la Universidad tuvieron a bien consultarme en mi calidad de abogado. En tal virtud yo acepté ser asesor jurídico de ellos en la elaboración y presentación de la demanda de juicio político.
4. A mayor abundamiento esto corresponde plenamente a mi condición de catedrático universitario en la Facultad de Derecho. O sea, no debo pensar ni enseñar una cosa y hacer o realizar otra cuando se me consulta. Si estoy convencido de algo lo debo manifestar en la realidad.
5. Por último, en mi calidad de asesor jurídico sólo califico la violación constitucional en que incurrieron 360 diputados en el pleno de la Cámara al decretar la suspensión de su cargo del Jefe de Gobierno. La Justicia se debe impartir con absoluto apego a la Carta Magna y a las leyes secundarias que de ella derivan. Defenderlo es el compromiso de todo abogado conforme al juramento que hacemos al recibir el título de Licenciado en Derecho.
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